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+Artículo 28 4. |
Artículo 28 4.Los comités de usuarios podrán presentar al órgano de dirección dictámenes sobre las estructuras de precios del DCV, que no serán vinculantes y deberán estar plenamente motivados.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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