+Artículo 28 5.
|
Artículo 28 5.
Sin perjuicio del derecho de las autoridades competentes a estar debidamente informadas, los miembros del comité de usuarios estarán sujetos a normas de confidencialidad. Si el presidente de un comité de usuarios determina que uno de sus miembros tiene un conflicto, real o potencial, de intereses en relación con una determinada cuestión, dicho miembro no será autorizado a votar sobre dicha cuestión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|