+Artículo 35 Procedimientos de comunicación con los participantes y otras infraestructuras del mercado

Artículo 35 Procedimientos de comunicación con los participantes y otras infraestructuras del mercado

Artículo 35

Procedimientos de comunicación con los participantes y otras infraestructuras del mercado

En sus procedimientos de comunicación con los participantes de los sistemas de liquidación de valores que exploten y con las infraestructuras del mercado con las que interactúen, los DCV recurrirán a los procedimientos y normas internacionales abiertos en materia de comunicación reconocidos en materia de mensajería y datos de referencia, en aras de la eficiencia del registro, el pago y la liquidación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito