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+Artículo 46 4. |
Artículo 46 4.El importe del capital de los DCV, incluidos los beneficios no distribuidos y las reservas, que no se invierta de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 no se tendrá en cuenta a efectos del artículo 47, apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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