+Artículo 58 1.

Artículo 58 1.

Las decisiones adoptadas por las autoridades competentes con arreglo a los artículos 54, 56 y 57 se comunicarán a la AEVM.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito