+Artículo 1 Definiciones

Artículo 1 Definiciones

Artículo 1

Definiciones

Además de las definiciones establecidas en el artículo 2 de la Directiva 2011/61/UE, a efectos del presente Reglamento se entenderá por:

1)

«compromiso de capital» : el compromiso contractual de un inversor de entregar al fondo de inversión alternativo (FIA) un importe de inversión acordado, cuando lo solicite el GFIA;

2)

«persona competente» :

en el caso de un GFIA, cualquiera de las personas siguientes:

a) 

un administrador, un socio o equivalente o un directivo del GFIA;

b) 

un empleado del GFIA o cualquier otra persona física cuyos servicios se encuentren a disposición y bajo el control del GFIA y que participe en los servicios de gestión colectiva de carteras prestados por el GFIA;

c) 

una persona física o jurídica que preste servicios directamente al GFIA en virtud de un acuerdo de delegación en terceros celebrado para la prestación por el GFIA de servicios de gestión colectiva de carteras;

3)

«alto directivo» : la persona o personas que dirijan efectivamente la actividad del GFIA de acuerdo con el artículo 8, apartado 1, letra c), de la Directiva 2011/61/UE, y, en su caso, el miembro o los miembros ejecutivos del órgano de gobierno;

4)

«órgano de gobierno» : el órgano de un GFIA que tiene la máxima autoridad decisoria, y que comprende las funciones de supervisión y de dirección, o solo la función de dirección si ambas funciones están separadas;

5)

«medida especial» : medida que es consecuencia directa de la naturaleza ilíquida de los activos de un FIA, que afecta a los derechos de reembolso específicos de los inversores de un tipo de participaciones del FIA y que constituye una medida ad hoc o separada de los derechos generales de reembolso de los inversores;

▼M2

6)

«riesgo de sostenibilidad» : el riesgo de sostenibilidad definido en el artículo 2, punto 22, del Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 );

7)

«factores de sostenibilidad» : los factores de sostenibilidad definidos en el artículo 2, punto 24, del Reglamento (UE) 2019/2088.

▼B

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito