+Artículo 4 1.

Artículo 4 1.

El GFIA examinará las situaciones en las que el valor total de los activos gestionados sea superior al pertinente umbral, a fin de determinar si son o no de carácter temporal.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito