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+Artículo 5 2. |
Artículo 5 2.Dentro de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 3, letra c), de la Directiva 2011/61/UE, los GFIA proporcionarán, en relación con cada FIA, el documento de oferta o un extracto pertinente del documento de oferta o una descripción general de la estrategia de inversión. El extracto pertinente del documento de oferta y la descripción de la estrategia de inversión incluirán al menos la siguiente información:
a)
las principales categorías de activos en las que pueda invertir el FIA;
b)
todo sector industrial, geográfico u otros sectores del mercado o clases específicas de activos en los que se centre la estrategia de inversión;
c)
una descripción de la política de toma de préstamos o apalancamiento del FIA. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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