+Artículo 8 2.

Artículo 8 2.

A fin de calcular la exposición de un FIA con arreglo al método del compromiso, los GFIA:

a) 

convertirán cada posición en un instrumento derivado a la posición equivalente en el activo subyacente de ese derivado aplicando los métodos de conversión previstos en el artículo 10 y en el anexo II, puntos 4 a 9 y 14;

b) 

aplicarán mecanismos de compensación y de cobertura;

c) 

calcularán la exposición creada por la reinversión de préstamos obtenidos cuando esa reinversión incremente la exposición del FIA según lo definido en el anexo I, puntos 1 y 2;

d) 

incluirán otros mecanismos en el cálculo de acuerdo con el anexo I, puntos 3 y 10 a 13.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito