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+Artículo 28 4. |
Artículo 28 4.Los GFIA deberán poder demostrar que las órdenes por ellos transmitidas por cuenta de los FIA lo han sido de acuerdo con la política establecida en virtud del apartado 2.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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