+Artículo 36 1.

Artículo 36 1.

La información que habrá de comunicarse a los inversores de conformidad con el artículo 14, apartados 1 y 2, de la Directiva 2011/61/UE se facilitará a estos en un soporte duradero o a través de un sitio web.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito