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+Artículo 40 4. |
Artículo 40 4.La política de gestión del riesgo incluirá una descripción de las garantías a que se refiere el artículo 43, en particular:
a)
naturaleza de los potenciales conflictos de intereses;
b)
medidas correctoras establecidas;
c)
motivos por los cuales cabe razonablemente esperar que esas medidas hagan posible el desempeño independiente de la función de gestión del riesgo;
d)
forma en que el GFIA prevé asegurar que las garantías sean constantemente eficaces. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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