+Artículo 40 4.

Artículo 40 4.

La política de gestión del riesgo incluirá una descripción de las garantías a que se refiere el artículo 43, en particular:

a) 

naturaleza de los potenciales conflictos de intereses;

b) 

medidas correctoras establecidas;

c) 

motivos por los cuales cabe razonablemente esperar que esas medidas hagan posible el desempeño independiente de la función de gestión del riesgo;

d) 

forma en que el GFIA prevé asegurar que las garantías sean constantemente eficaces.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito