+Artículo 73 2.

Artículo 73 2.

Las garantías profesionales demostrarán la cualificación del valorador externo y su capacidad para realizar una valoración correcta e independiente, aportando, como mínimo, pruebas de lo siguiente:

a) 

suficiencia del personal y los recursos técnicos de que dispone;

b) 

procedimientos adecuados para garantizar una valoración correcta e independiente;

c) 

conocimiento y comprensión adecuados de la estrategia de inversión del FIA y de los activos que el valorador externo deberá valorar;

d) 

honorabilidad y experiencia en materia de valoración suficientes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito