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+Artículo 73 2. |
Artículo 73 2.Las garantías profesionales demostrarán la cualificación del valorador externo y su capacidad para realizar una valoración correcta e independiente, aportando, como mínimo, pruebas de lo siguiente:
a)
suficiencia del personal y los recursos técnicos de que dispone;
b)
procedimientos adecuados para garantizar una valoración correcta e independiente;
c)
conocimiento y comprensión adecuados de la estrategia de inversión del FIA y de los activos que el valorador externo deberá valorar;
d)
honorabilidad y experiencia en materia de valoración suficientes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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