+Artículo 77 Características del delegado
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Artículo 77 Características del delegado
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 77 1.
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El delegado dispondrá de suficientes recursos y efectivos que posean las competencias, los conocimientos y la experiencia necesarios para desempeñar adecuadamente las tareas que le sean delegadas, y contará con una estructura organizativa apropiada para apoyar el desempeño de las tareas delegadas.
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Artículo 77 2.
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Las personas que dirijan de manera efectiva las actividades delegadas por el GFIA poseerán la suficiente experiencia, los conocimientos teóricos oportunos y la pertinente experiencia práctica en las funciones de que se trate. Su formación profesional y la naturaleza de las funciones que hayan desempeñado con anterioridad habrán de ser adecuadas al ejercicio de la actividad.
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Artículo 77 3.
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No se considerará que las personas que dirigen la actividad del delegado de manera efectiva gozan de la suficiente honorabilidad si existen en su historial elementos negativos que sean pertinentes a efectos tanto de la evaluación de su honorabilidad como del correcto desempeño de las tareas delegadas o si existen otros datos pertinentes que afecten a su buena reputación. Entre los elementos negativos de su historial figurarán, entre otros, los delitos penales, los procedimientos judiciales o las sanciones administrativas pertinentes para el desempeño de las tareas delegadas. Se prestará especial atención a las infracciones relacionadas con actividades financieras, y en particular, aunque no exclusivamente, con la obligación de prevenir el blanqueo de dinero, la falta de honradez, el fraude o los delitos financieros, la quiebra o la insolvencia. Entre los demás datos pertinentes se incluirá la información que indique, por ejemplo, que la persona no es digna de confianza u honesta. En el supuesto de que los servicios profesionales prestados por el delegado estén sujetos a regulación en la Unión, se considerará que se satisfacen las condiciones a que se refiere el párrafo primero, a menos que existan pruebas de lo contrario, si la pertinente autoridad de supervisión ha evaluado el criterio de honorabilidad dentro del procedimiento de autorización.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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