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+Artículo 105 1. |
Artículo 105 1.El informe sobre las actividades del ejercicio incluirá, como mínimo, lo siguiente:
a)
una descripción general de las actividades de inversión durante el ejercicio o período, así como de la cartera del FIA al cierre del mismo;
b)
una descripción general del rendimiento del FIA durante el ejercicio o período;
c)
los cambios significativos, según se definen a continuación, que haya registrado la información enumerada en el artículo 23 de la Directiva 2011/61/UE y que no estén ya reflejados en los estados financieros. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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