+Artículo 105 1.

Artículo 105 1.

El informe sobre las actividades del ejercicio incluirá, como mínimo, lo siguiente:

a) 

una descripción general de las actividades de inversión durante el ejercicio o período, así como de la cartera del FIA al cierre del mismo;

b) 

una descripción general del rendimiento del FIA durante el ejercicio o período;

c) 

los cambios significativos, según se definen a continuación, que haya registrado la información enumerada en el artículo 23 de la Directiva 2011/61/UE y que no estén ya reflejados en los estados financieros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito