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+Artículo 19 4. |
Artículo 19 4.La sociedad de gestión cumplirá las obligaciones establecidas en el reglamento del fondo o los documentos constitutivos, así como las obligaciones establecidas en el folleto, que serán coherentes con la legislación aplicable, tal como se establece en los apartados 1 y 3.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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