+Artículo 23 4.

Artículo 23 4.

Las sociedades de inversión o las sociedades de gestión, por cuenta de los OICVM que gestionan, que, antes del 18 de marzo de 2016, hayan designado como depositario a una entidad que no reúna los requisitos establecidos en el apartado 2, designarán a un depositario que reúna tales requisitos antes del 18 de marzo de 2018.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito