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+Artículo 83 3. |
Artículo 83 3.A fin de asegurar la armonización coherente del presente artículo, la AEVM podrá elaborar normas técnicas de regulación para especificar los requisitos del presente artículo en relación con los préstamos. Se delegan en la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1095/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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