+Artículo 93 2.

Artículo 93 2.

El OICVM adjuntará a la notificación a que se refiere el apartado 1 la versión más reciente de lo siguiente:

a) 

el reglamento del fondo o los documentos constitutivos, su folleto y, en su caso, el último informe anual y el posible informe semestral sucesivo, traducidos conforme a lo dispuesto en el artículo 94, apartado 1, letras c) y d), y

b) 

los datos fundamentales para el inversor a que se refiere el artículo 78, traducidos conforme a lo dispuesto en el artículo 94, apartado 1, letras b) y d).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito