+Artículo 99quinquies 3.
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Artículo 99quinquies 3.
La ESMA establecerá uno o más canales de comunicación seguros para la notificación de las infracciones de las disposiciones nacionales de transposición de la presente Directiva. La ESMA velará por que esos canales de comunicación cumplan lo dispuesto en el apartado 2, letras a) a d).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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