+Artículo 99quinquies 5.

Artículo 99quinquies 5.

Los Estados miembros exigirán a las sociedades de inversión, las sociedades de gestión y los depositarios que dispongan de procedimientos adecuados para que sus empleados puedan comunicar infracciones a nivel interno a través de un canal específico, independiente y autónomo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito