+Artículo 113 1.

Artículo 113 1.

Para uso exclusivo de los OICVM daneses, los pantebreve emitidos en Dinamarca se asimilarán a los valores mobiliarios contemplados en el artículo 50, apartado 1, letra b).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito