+Artículo 11 Empresa en cartera admisible
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Artículo 11 Empresa en cartera admisible

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 11 1.

Las empresas en cartera admisibles serán empresas que, en el momento de la inversión inicial, reúnan los requisitos siguientes:

a) 

que no sean empresas financieras, a menos que:

i) 

se trate de empresas financieras que no sean sociedades financieras de cartera o sociedades mixtas de cartera, y

ii) 

dichas empresas financieras hayan sido autorizadas o registradas menos de cinco años antes de la fecha de inversión inicial;

b) 

que sean empresas que:

i) 

no estén admitidas a cotización en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación, o que

ii) 

estén admitidas a cotización en un mercado regulado o en un sistema multilateral de negociación y tengan una capitalización bursátil no superior a 1 500 000 000  EUR;

c) 

estén establecidas en un Estado miembro, o en un tercer país siempre que este:

i) 

no identificado como tercer país de alto riesgo incluido en la lista del acto delegado adoptado en virtud del artículo 9, apartado 2, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 7 ),

ii) 

no figure en el anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.

Artículo 11 2.
No obstante lo dispuesto en el apartado 1, letra a), del presente artículo, una empresa en cartera admisible podrá ser una empresa financiera que financie exclusivamente empresas en cartera admisibles a tenor del apartado 1 del presente artículo o activos reales a tenor del artículo 10, letra e).

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito