+Artículo 25 Indicación de los costes
---+Artículo 25 1.
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Artículo 25 Indicación de los costes

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 25 1.

El folleto informará a los inversores, de manera bien visible, del nivel de los distintos costes soportados directa o indirectamente por el inversor. Los diferentes costes se agruparán en las siguientes categorías:

a) 

costes de establecimiento del FILPE;

b) 

costes relativos a la adquisición de activos;

c) 

costes de gestión y comisiones vinculados con los resultados;

d) 

costes de distribución;

e) 

otros costes, incluidos los costes administrativos, reglamentarios, de depositario, de custodia, de servicios profesionales y de auditoría.

Artículo 25 2.
El folleto indicará una ratio global de los costes del FILPE.
Artículo 25 3.
La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de regulación que especifiquen las definiciones, métodos de cálculo y formatos de presentación comunes de los costes a que se refiere el apartado 1 y la ratio global a que se refiere el apartado 2.

Al elaborar estos proyectos de normas técnicas de regulación, la AEVM tendrá en cuenta las normas técnicas de regulación a que se refiere el artículo 8, apartado 5, letras a) y c), del Reglamento (UE) no 1286/2014.

La AEVM presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 9 de septiembre de 2015.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero, con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1095/2010.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito