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+Artículo 25 3. |
Artículo 25 3.La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de regulación que especifiquen las definiciones, métodos de cálculo y formatos de presentación comunes de los costes a que se refiere el apartado 1 y la ratio global a que se refiere el apartado 2. Al elaborar estos proyectos de normas técnicas de regulación, la AEVM tendrá en cuenta las normas técnicas de regulación a que se refiere el artículo 8, apartado 5, letras a) y c), del Reglamento (UE) no 1286/2014. La AEVM presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 9 de septiembre de 2015. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero, con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1095/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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