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+Artículo 31 3. |
Artículo 31 3.En relación con cada uno de los FILPE, el gestor de un FILPE deberá comunicar a las autoridades competentes si tiene o no la intención de comercializar el FILPE entre los inversores minoristas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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