+Artículo 37 1.

Artículo 37 1.

La Comisión revisará la aplicación del presente Reglamento y se centrará al menos en los siguientes elementos:

a) 

el alcance de la comercialización de FILPE en la Unión, incluida la eventualidad de que los GFIA a los que refiere el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2011/61/UE pudieran estar interesados en comercializar FILPE;

b) 

la aplicación de las disposiciones relativas a la autorización de los FILPE, tal como se establece en los artículos 3 a 6;

c) 

la conveniencia de actualizar las disposiciones sobre el registro público central de FILPE establecidas en el artículo 3;

d) 

la conveniencia de actualizar la lista de activos e inversiones aptos, los requisitos en materia de composición y diversificación de la cartera, las normas de concentración y los límites relativos a la toma en préstamo de efectivo;

e) 

el impacto de la aplicación de los límites de inversión respecto de los activos aptos para inversión establecida en el artículo 13, apartado 1, sobre diversificación de activos;

f) 

la conveniencia de actualizar las disposiciones relativas a los conflictos de intereses establecidas en el artículo 12;

g) 

la aplicación del artículo 18 y el impacto de dicha aplicación en la política de reembolso y el período de vida de los FILPE;

h) 

la idoneidad de los requisitos de transparencia establecidos en el capítulo IV;

i) 

el análisis de si las disposiciones relativas a la comercialización de participaciones o acciones de FILPE establecidas en el capítulo V son adecuadas y garantizan una protección eficaz de los inversores, incluidos los inversores minoristas;

j) 

el análisis de si los FILPE han contribuido significativamente a la consecución de los objetivos de la Unión, como los establecidos en el Pacto Verde Europeo y en otros ámbitos prioritarios.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito