+Artículo 6 2.

Artículo 6 2.

El apartado 1 no se aplicará a las inversiones realizadas por ejecutivos, directores o empleados que participen en la actividad de un gestor de fondos de capital riesgo admisibles cuando la inversión se realice en los fondos de capital riesgo europeos admisibles que gestionen.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito