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+Artículo 16 5. |
Artículo 16 5.Se confieren a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 3 del presente artículo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1095/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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