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+Artículo 3 1 |
Artículo 3 11. A efectos del requisito de información a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114, los emisores presentarán a las autoridades competentes la información indicada en dicho artículo con periodicidad trimestral, a más tardar al cierre de la jornada en las siguientes fechas de envío: 12 de mayo, 11 de agosto, 11 de noviembre y 11 de febrero. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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