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+Artículo 65 4 |
Artículo 65 44. La autoridad de resolución a nivel de grupo, teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 3, comunicará al colegio de autoridades de resolución la fecha de inicio del período de cuatro meses para llegar a una decisión conjunta sobre el plan de resolución de grupo y la evaluación de resolubilidad de conformidad con el artículo 13, apartado 4, de la Directiva 2014/59/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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