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+Artículo 21bis 4. |
Artículo 21bis 4.►M11 La sociedad financiera de cartera o la sociedad financiera mixta de cartera podrá solicitar la exención de aprobación con arreglo al presente artículo; dicha exención se concederá cuando se cumplan todas las condiciones siguientes: ◄
a)
la actividad principal de la sociedad financiera de cartera sea la adquisición de participaciones en filiales o, en el caso de una sociedad financiera mixta de cartera, que su actividad principal con respecto a las entidades o entidades financieras sea la adquisición de participaciones en filiales;
b)
la sociedad financiera de cartera o la sociedad financiera mixta de cartera no haya sido designada entidad de resolución en ninguno de los grupos de resolución del grupo de conformidad con la estrategia de resolución establecida por la autoridad de resolución pertinente en virtud de la Directiva 2014/59/UE;
c)
una entidad de crédito filial o una sociedad financiera de cartera filial o una sociedad financiera mixta de cartera a la que se haya concedido aprobación de conformidad con el presente artículo sea designada como responsable de garantizar el cumplimiento por parte del grupo de los requisitos prudenciales en base consolidada y reciba todos los medios necesarios y la autoridad jurídica para cumplir dichas obligaciones de manera eficaz;
d)
la sociedad financiera de cartera o la sociedad financiera mixta de cartera no participe en la toma de decisiones financieras, operativas o de gestión que afecten al grupo o a las filiales del grupo que sean entidades o entidades financieras;
e)
no exista ningún impedimento a la supervisión efectiva del grupo en base consolidada. Las sociedades financieras de cartera o las sociedades financieras mixtas de cartera que estén exentas de aprobación de conformidad con el presente apartado no estarán excluidas del perímetro de consolidación que se establece en la presente Directiva y en el Reglamento (UE) n.o 575/2013. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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