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+Artículo 65 5 |
Artículo 65 55. La autoridad de resolución a nivel de grupo y las autoridades a que se refiere el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2014/59/UE intercambiarán la información adicional necesaria para facilitar la elaboración del plan de resolución de grupo y la realización de la evaluación de resolubilidad, sin perjuicio de los requisitos de confidencialidad establecidos en los artículos 90 y 98 de la Directiva 2014/59/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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