+Artículo 99 1

Artículo 99 1

1.   A efectos de evaluar la necesidad de un dispositivo de resolución de grupo en el contexto del artículo 91, apartados 1 a 4, de la Directiva 2014/59/UE, la autoridad de resolución a nivel de grupo elaborará su proyecto de evaluación tras recibir la notificación a que se refiere el artículo 91, apartado 1, de dicha Directiva.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
  • EULAW_FI -

    EULAW_FI