+Artículo 47 3bis.

Artículo 47 3bis.

El Consejo de Administración podrá examinar, formular un dictamen y presentar propuestas sobre todos los asuntos que se decidan en la Junta de Supervisores previo debate en el comité interno pertinente, salvo en relación con las revisiones inter pares con arreglo al artículo 30.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
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