+Artículo 47 8.
|
Artículo 47 8.
El Consejo de Administración nombrará y cesará a los miembros de la Sala de Recurso de conformidad con el artículo 58, apartados 3 y 5, teniendo debidamente en cuenta la propuesta de la Junta de Supervisores.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|