+Artículo 47 8.

Artículo 47 8.

El Consejo de Administración nombrará y cesará a los miembros de la Sala de Recurso de conformidad con el artículo 58, apartados 3 y 5, teniendo debidamente en cuenta la propuesta de la Junta de Supervisores.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
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