+Artículo 29 2

Artículo 29 2

2.   En el informe contemplado en el artículo 20, el BCE informará detalladamente acerca del presupuesto destinado a sus funciones de supervisión. Las cuentas anuales del BCE, establecidas y publicadas de conformidad con el artículo 26.2 de los Estatutos del SEBC y del BCE, incluirán los ingresos y gastos relativos a las funciones de supervisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito