+Artículo 46 3.
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Artículo 46 3.
La autoridad competente se negará a aprobar las propuestas de cambio en las participaciones de control del mercado regulado o del organismo rector del mercado si existen razones objetivas y demostrables para creer que ello supondría una amenaza para la gestión adecuada y prudente del mercado regulado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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