+Artículo 10 bis 4.

Artículo 10 bis 4.

Los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta que ofrezcan una interfaz específica con arreglo al artículo 31 no estarán obligados a aplicar la exención establecida en el apartado 1 del presente artículo a efectos del mecanismo de contingencia a que se refiere el artículo 33, apartado 4, cuando no apliquen la exención establecida en el artículo 10 en la interfaz directa utilizada para la autenticación y la comunicación con sus usuarios de servicios de pago.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito