+Artículo 10 4.
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Artículo 10 4.
Las autoridades competentes supervisarán el cumplimiento del presente Reglamento por parte de los proveedores de servicios de pago de forma efectiva y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar dicho cumplimiento. Cooperarán entre sí de conformidad con el artículo 24 de la Directiva 2007/64/CE y con el artículo 31 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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