|
+Artículo 21 3 |
Artículo 21 33. Los Estados miembros se asegurarán de que las autoridades competentes designadas para velar por la aplicación y ejecución de la presente Directiva sean:
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|