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+Artículo 21 7 |
Artículo 21 77. La Comisión publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, al menos una vez al año, una lista de las autoridades competentes, que mantendrá permanentemente actualizada en su sitio web. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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