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+Artículo 24 Resolución alternativa de litigios |
Artículo 24 Resolución alternativa de litigiosArtículo 24 Resolución alternativa de litigios Los Estados miembros velarán por que los consumidores tengan acceso a procedimientos alternativos de resolución de litigios efectivos y eficientes para la resolución de los litigios relacionados con los derechos y obligaciones establecidos en la presente Directiva. Dichos procedimientos alternativos de resolución de litigios y las entidades que los ofrezcan deberán cumplir los requisitos de calidad establecidos en la Directiva 2013/11/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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