+Artículo 46 Modificación de la Directiva 2008/48/CE

Artículo 46 Modificación de la Directiva 2008/48/CE

Artículo 46

Modificación de la Directiva 2008/48/CE

En el artículo 2 de la Directiva 2008/48/CE, se añade el apartado siguiente:

«2 bis.  
No obstante lo dispuesto en el apartado 2, letra c), la presente Directiva se aplicará a los contratos de crédito no garantizados que tengan por finalidad la renovación de un bien inmueble de uso residencial y que entrañen un crédito cuyo importe total exceda de 75 000  EUR.».

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito