+Artículo 2 a)
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Artículo 2 a)
evaluar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo al que está expuesto su grupo y consignar dicha evaluación en un registro que deberá mantenerse actualizado y conservarse, de manera que pueda ponerse a disposición de la autoridad competente que corresponda;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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