Artículo 115 1.
Con vistas a facilitar y establecer una supervisión eficaz, el supervisor en base consolidada y las demás autoridades competentes dispondrán de acuerdos escritos de coordinación y cooperación. Al amparo de dichos acuerdos podrán confiarse tareas adicionales al supervisor en base consolidada y especificarse procedimientos para el proceso de toma de decisiones y la cooperación con otras autoridades competentes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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