+Artículo 16 3.

Artículo 16 3.

La evaluación de la resolubilidad del grupo contemplada en el presente artículo se realizará al mismo tiempo que la elaboración y actualización de los planes de resolución de grupo, y a los efectos de las mismas, de conformidad con el artículo 12. La evaluación se llevará a cabo con arreglo al proceso decisorio establecido en el artículo 13.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito