+Artículo 9 2.

Artículo 9 2.

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo y sin perjuicio del artículo 10, las empresas estarán exentas de la obligación de hacer un seguimiento por viaje de la información del apartado 1 del presente artículo si:

a) 

todos los viajes del buque durante el período de notificación tienen como punto de partida o punto de llegada un puerto bajo jurisdicción de un Estado miembro, y

b) 

el buque realiza, según su planificación, más de 300 viajes durante el período de notificación.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito