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+Artículo 7 5. |
Artículo 7 5.Las ANC presentarán al BCE toda plantilla adicional especificada en el anexo IV del
►M3
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 ◄ y por ellas recopilada. Las ANC notificarán al BCE con antelación las plantillas adicionales que tengan intención de presentar.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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