+Artículo 11 2.

Artículo 11 2.

La presentación de información financiera con fines de supervisión a que se refiere el apartado 1 tendrá lugar con la frecuencia especificada en el artículo 11 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 e incluirá la información mínima común especificada en el punto 1 del anexo I.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito